Tuesday, June 9, 2026
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La Comisión Europea defenderá a España en la demanda energética estadounidense por valor de 106 millones de euros

Cuando la empresa Blasket Renewables intentó exigir una indemnización ante un tribunal estadounidense, la Comisión Europea argumentó que España no podía pagarla legalmente, poniendo de manifiesto un conflicto entre el arbitraje internacional y el derecho de la UE.

Según un documento al que hemos tenido acceso, la Comisión Europea está solicitando autorización al Consejo Europeo para defender a España de una demanda de 106 millones de euros interpuesta ante un tribunal estadounidense en virtud del Tratado sobre la Carta de la Energía (TCE), que podría suponer una infracción de las normas de la UE sobre ayudas estatales para Madrid.

El Tratado sobre la Carta de la Energía (TCE) es un acuerdo internacional posterior a la Guerra Fría diseñado para proteger las inversiones en estados inestables, anteriormente comunistas. Desde entonces, se ha convertido en fuente de controversia porque permite a las compañías energéticas demandar a los países por medidas que podrían perjudicar sus ganancias previstas.

Si bien la sentencia judicial es vinculante y, en general, puede ejecutarse en los tribunales en virtud de las normas de los tratados internacionales de inversión, la Unión Europea argumenta que España podría enfrentarse a obligaciones jurídicas contradictorias, tanto a nivel nacional como internacional, si un tribunal estadounidense ordena su ejecución.

Después de que España suprimiera el plan de ayudas estatales establecido en 2007 para promover la generación de electricidad a partir de fuentes de energía limpias, el inversor japonés Eurus Energy reclamó pérdidas en virtud del Tratado sobre la Carta de la Energía y obtuvo el derecho a una indemnización, por la que se ordenó a España pagar 106 millones de euros más intereses en noviembre de 2022.

El procedimiento judicial fue iniciado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), un tribunal arbitral vinculado al Banco Mundial, que gestiona las controversias legales entre inversores internacionales y países de todo el mundo.

En 2023, España impugnó la indemnización otorgada, pero finalmente no lo consiguió.

Entre la espada y la pared

Posteriormente, Eurus asignó el caso a Blasket Renewables, descrita en el documento como un “fondo buitre” con sede en EE. UU. especializado en indemnizaciones arbitrales difíciles de ejecutar, que en la práctica busca la ejecución a través de los tribunales estadounidenses.

“El Reino de España ha informado a la Comisión de que Blasket Renewables ha presentado una petición ante los tribunales de los Estados Unidos solicitando el reconocimiento y la ejecución del laudo”, reza el documento.

La Comisión argumenta que si España “compensa a los inversores por las pérdidas sufridas debido a la derogación del régimen de ayudas estatales de 2007”, esto constituye una ayuda estatal, es decir, un apoyo financiero que un gobierno otorga a una empresa o inversor.

Sin embargo, los inversores que buscan una compensación discrepan, argumentando que los pagos no son subvenciones gubernamentales, sino una indemnización que España está legalmente obligada a pagar tras perder un caso de arbitraje internacional.

Según la normativa de la UE, los gobiernos no pueden conceder ventajas especiales a determinadas empresas si ello les otorga una ventaja injusta sobre sus competidores, a menos que dicha ayuda haya sido aprobada por la Comisión.

El caso judicial pone de manifiesto un choque entre dos sistemas jurídicos, cada uno de los cuales afirma que sus normas deben prevalecer. El arbitraje internacional dictamina que España debe pagar, mientras que la Comisión sostiene que realizar dicho pago podría contravenir la normativa de la UE.

«Cuando se concede una ayuda en contravención de dicha disposición, el beneficiario no puede tener ninguna expectativa legítima de que se le permita conservar esa ayuda, y el Estado miembro está obligado a recuperarla de oficio», reza el documento, lo que implica que el gobierno español tendría que actuar en consecuencia.

La Comisión considera que el reconocimiento y la ejecución por parte de tribunales extranjeros de dichas compensaciones económicas son “incompatibles con el Derecho de la UE” y socavarían “la primacía del Derecho de la UE”, que el ejecutivo de la UE considera “inaplicable”.

Los fondos buitre contra España

El Ministerio de Energía español afirmó que los procedimientos arbitrales entre inversores internacionales y España en materia de energías renovables son consecuencia de decisiones tomadas por el anterior gobierno español, en particular en 2013 bajo el mandato del entonces presidente del Gobierno conservador Mariano Rajoy.

Madrid añadió que la mayoría de los arbitrajes definitivos vinculados a inversiones en energías renovables están en manos de fondos de litigio, que han adquirido los derechos de los demandantes originales, siendo el principal Blasket Renewable Investments.

No son las empresas afectadas; han comprado deudas contra España e intentan cobrarlas en el extranjero, presentando las mismas demandas en diferentes países, reza un comunicado del Ministerio de Energía.

Paul de Clerck, coordinador de justicia económica de la ONG Amigos de la Tierra Europa, afirmó que este caso judicial era la “ilustración perfecta de lo absurdo” de los mecanismos internacionales de solución de controversias entre Estados (ISDS, por sus siglas en inglés).

Argumentó que si un inversor no está de acuerdo con una decisión española, debería acudir a los tribunales españoles ordinarios y no a un “tribunal favorable a las empresas”.

“Los fondos buitre están abusando aún más del sistema al comprar derechos de emisión para obtener beneficios a expensas de los contribuyentes”, declaró De Clerck a Euronews.

“Ya es hora de que esto termine y de que la UE y los Estados miembros eliminen el mecanismo de solución de controversias entre inversores y Estados (ISDS) de todos sus tratados de inversión.”

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