El Tribunal Administrativo Supremo de Polonia ha ordenado a las autoridades locales que reconozcan los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otros Estados miembros de la UE, tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del año pasado.
En este país predominantemente católico, los matrimonios entre personas del mismo sexo aún no pueden celebrarse legalmente porque el artículo 18 de la Constitución polaca define el matrimonio como la “unión de un hombre y una mujer”.
Sin embargo, el viernes, el Tribunal Supremo de Polonia ordenó a las autoridades locales que registraran en el registro nacional, a efectos administrativos y de residencia, los certificados de matrimonio entre personas del mismo sexo expedidos en el extranjero. En su fallo, los jueces revocaron una decisión anterior del Tribunal Administrativo Provincial de Varsovia.
Los grupos pro-LGBTQ en Polonia han celebrado el veredicto como el “primer paso” hacia el cambio de las leyes a su favor.
En octubre de 2024, el gobierno de coalición proeuropeo del primer ministro polaco Donald Tusk presentó un proyecto de ley para reconocer las uniones civiles, incluidas las de parejas del mismo sexo. Sin embargo, se enfrentó al rechazo del socio conservador del gobierno, el Partido Popular Polaco (PSL), así como del partido de oposición Ley y Justicia (PiS).
El presidente Karol Nawrocki, elegido en junio pasado con la promesa de defender los valores católicos, ha descartado firmar cualquier proyecto de ley que socave la definición constitucional del matrimonio. Nawrocki ha acusado a la UE de “locura ideológica” y ha prometido resistir lo que describió como los intentos del bloque de interferir en la política polaca.
El año pasado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que Polonia había violado la legislación comunitaria al negarse a reconocer el matrimonio de dos ciudadanos polacos registrado en Alemania en 2018. El tribunal, con sede en Luxemburgo, afirmó que las leyes nacionales infringían las garantías de la UE sobre la libertad de circulación y el derecho a “llevar una vida familiar normal”.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE se aplica automáticamente a los 27 Estados miembros, algunos de los cuales, como Bulgaria, Rumanía, Lituania y Eslovaquia, no reconocen los matrimonios entre personas del mismo sexo.