Saturday, November 23, 2024
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Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela anuncia su decisión sobre inhabilitaciones

El TSJ publicó las sentencias sobre la habilitación o no de varios ciudadanos que presentaron solicitudes para la revisión de sus casos.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela informó que la Sala Político Administrativa publicará en el transcurso de este viernes las decisiones tomadas con respecto a los casos de inhabilitación, cumpliendo con la Constitución del país, las leyes vigentes y en el marco del Acuerdo de Barbados.

El máximo tribunal publicó en su portal web las sentencias emitidas y, hasta el momento, informó que los dirigentes políticos opositores Leocenis García y Richard Mardo, quienes en su momento presentaron solicitudes para la revisión de sus casos de inhabilitación a través de la Contraloría General de la República, fueron habilitados.

De acuerdo con las respectivas sentencias, tanto García como Mardo están habilitados “para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar”.

La Sala Político Administrativa del TSJ publicó la sentencia sobre el caso del también opositor Henrique Capriles Radonski, indicando que fue ratificada la decisión de su inhabilitación por un período de 15 años para el ejercicio de funciones públicas.

“Se declaran firmes los actos impugnados, y en consecuencia, el ciudadano Henrique Capriles Radonski, de acuerdo a la Resolución Nro. 01-00-000239, de fecha 6 de abril de 2017, está inhabilitado por quince (15) años para ejercer funciones públicas”, refiere la decisión.

El cuarto caso informado por el ente fue del ciudadano Pablo Pérez Álvarez, exgobernador del estado Zulia, indicando que queda habilitado “para el ejercicio de funciones públicas”.

Con respecto al caso de la opositora María Corina Machado, la sentencia de la Sala Político Administrativa del TSJ ratificó que está inhabilitada para ejercer funciones públicas por 15 años.

En el texto se recuerda que la inhabilitación de Machado fue decidida por estar incurso en los hechos, ha sido participe de la trama de corrupción orquestada por el usurpador Juan G. Antonio Guaidó M., que propició el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como también, el despojo descarado de las empresas y riquezas del pueblo venezolano en el extranjero, con la complicidad de Gobiernos corruptos, dentro de los cuales se destacan la entrega de la empresa Citgo Holding, Inc y Citgo Petroleum Corporation con un valor aproximado de treinta y cuatro mil millones de dólares americanos (US$ 34.000.000.000,00) a la empresa canadiense Crystallex por mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 1.500.000.000,00), lo que causó un daño al patrimonio de la Nación por treinta y dos mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 32.500.000,000,00)”.

La entrega (…) de la empresa Monómeros Colombo Venezolanos, S.A., la cual fue llevada a la quiebra, el secuestro y robo de las treinta y un (31) toneladas de oro venezolano (…). Concluyéndose que el bloqueo solicitado por María Corina Machado Parisca, en connivencia con el usurpador Juan G. Antonio Guaidó M., entre otros, ha generado el secuestro de cuatro mil millones de dólares americanos (US$ 4.000.000.000,00) retenidos en el sistema bancario internacional. (…) ha solicitado la aplicación de sanciones y bloqueo económico que generó daños en la salud venezolana”, precisa la sentencia.

Asimismo, recórdó que Machado incumplió las disposiciones establecidas en el artículo 191 de la Constitución que dispone que los diputados a la Asamblea Nacional no podrán aceptar o ejercer cargos públicos sin perder su investidura, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, “siempre que no supongan dedicación exclusiva, toda vez que aceptó la acreditación como representante alterna de la delegación de la República de Panamá ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) a partir del 20 de marzo de 2014, perdiendo así la investidura de Diputada de la Asamblea Nacional”.

“En consecuencia, dado que esta solicitud no cumple con los requerimientos establecidos y exigidos en el Acuerdo de Barbados firmado el 17 de octubre de 2023, la ciudadana María Corina Machado Parisca, está inhabilitada para ejercer funciones públicas por un periodo de quince (15) años, de acuerdo a la Resolución número 01-00-000285, de fecha 16 de septiembre de 2021, emanada de la Contraloría General de la República, investigación que fue iniciada en mayo de 2014 y donde fueron tomadas medidas cautelares. Sin perjuicio de las acciones penales y pecuniarias a que pudieran dar lugar sus actuaciones”, refiere la medida.

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